jueves, 18 de marzo de 2010
Conversatorio sobre el perfil del magistrado del Tribunal Constitucional
¿Cuáles son los criterios a tener en cuenta al momento de elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC)? No se trata de una pregunta ociosa, cobra sentido en la coyuntura actual donde el Pleno del Congreso elegirá a dos magistrados del TC. Movidos por esa preocupación es que el Instituto de Defensa Legal (IDL) y el diario La República, sumaron esfuerzos para organizar, el día miércoles 10 de marzo, un conversatorio sobre el perfil del magistrado de este Tribunal.
El objetivo fue, entonces, que los especialistas invitados puedan reflexionar y hacer escuchar su opinión sobre el perfil que deben tener los magistrados del TC y sobre los criterios a tomarse en cuenta a la hora de elegirlos. Ciertamente, esta actividad debería de realizarse antes que el Pleno del Congreso elija a los dos nuevos magistrados. Por ello, la preocupación central del evento fue que este no se deje llevar sólo por criterios políticos partidarios a la hora de la elección, sino que tenga muy presente el perfil que se necesita.
Participaron del conversatorio los doctores César Landa Arroyo, actual magistrado del TC, Delia Revoredo, Marsano de Mur, ex magistrada del TC, Javier Alva Orlandini, ex magistrado y presidente del TC, Samuel Abad Yupanqui, profesor universitario, y Henry Pease García, ex Presidente del Congreso de la República. Por parte del diario La República participaron los periodistas Álvarez Rodríguez, Carlos Castro y César Romero.
El evento comenzó con dos pequeñas exposiciones. La primera fue una evaluación del proceso de elecciones al TC, a cargo del autor de esta nota, y la segunda, "¿Cuál es el perfil del magistrado del TC?" a cargo del magistrado César Landa Arroyo. Un buen resumen de las intervenciones puede ser encontrado en La República de los días 12[1] y 13[2] de marzo. Quisiéramos destacar dos puntos de vista, uno jurídico y otro político. Para Landa:
“La primera precondición (de todo candidato) es la imparcialidad y la especialidad en materia constitucional. Ésta es una tarea jurídica que tienen consecuencias políticas, de allí que una condición de la imparcialidad sea que los magistrados sean ciudadanos con toga; en el sentido no solo jurídico, sino de sentido común que le permite resolver causas en función de la Constitución, pero también mirando la voluntad popular. [N]o todo jurista tiene requisitos para incorporarse al TC. Se requiere vocación por la temática constitucional y sensibilidad democrática. Además, cualidades de orden personal. Es una persona que resolverá procesos según el derecho, pero también en un ámbito de subjetividad, por eso es importante que se conozcan sus valores y trayectoria. Un tercer elemento: los estándares de comportamiento que en tiempos recientes han hecho evidente la necesidad de un código de ética interna”.
Para Henry Pease, “el tema central es encontrar fórmulas que compliquen el simple manipuleo. Se debe diseñar un sistema de elección de candidatos transparente al establecer la lista de elegibles, y que no se pueda declarar desierta la elección”.
Para Delia Revoredo:
“[A]l TC tienen que llegar los mejores juristas, los mejores hombres; pero como están dadas las cosas, eso es imposible. En primer lugar, por el sistema de selección, a los mejores no les gusta ser manoseados para acceder a un cargo en el que van a servir al país. en segundo lugar, por una remuneración que resulta diminuta con la que pueden obtener en el sector privado. Luego, los mejores tampoco quieren recibir presiones políticas y verse amenazados solo por trabajar y ejercer bien su función. En la crisis de profesionalidad que tenemos en el país a partir de la mala educación en derecho que tenemos en el país, ¿de dónde van a salir los mejores para el TC?”.
Para Javier Alva Orlandini:
“[L]a elección por el Congreso no es la más adecuada, pero es menos mala que la elección por los tres poderes, que le quitaba independencia al TC. La preselección puede encargarse a universidades (...) pero al final debe elegir el Congreso. La elección es política, y el tribunal es político. El modo de preselección por el Congreso se puede mejorar. El tener una filiación partidaria no es un factor negativo, pero lo que no debe ser factible es que se permita el acceso a estos cargos de los que han estado al servicio de regímenes de facto”.
Augusto Álvarez Rodrich se preguntaba: “¿Se podría establecer un mecanismo tal en el Perú, donde agarramos los 10 más grandes estudios de abogados y el promedio de lo que ganan los mejores es el sueldo del magistrado? ¿El Estado podría invertir para atraer a los mejores?”.
Finalmente para Samuel Abad Yupoanqui:
“[L]os mejores no llegan porque se exponen a un maltrato en el proceso de evaluación. Tenemos el caso de Armando Zolezzi, un jurista que tenía una importante visión del país, pero no pudo ingresar al TC. El perfil es importante, pero hay que ver que se cumpla. Se necesita una persona con valores democráticos. Un jurista especialista en derecho constitucional preferentemente, pero no excluyente. No basta pertenecer al mejor estudio de abogados, sino tener el prestigio para que su voto, así sea singular, sea respetado y genere liderazgo. Creo también que el TC debe tener integrantes que no solo sean hombres. La doctora Delia Revoredo ha sido la única magistrada mujer. La sentencia famosa, reciente, pudo tener una mirada distinta”.
Agregó que “Los candidatos deben exhibir su trayectoria. Que se conozca por dónde van a ir. El pasado puede ser beneficioso, pero también condenable. Establecer requisitos legales no es fácil. Depende del propio Congreso”.
En nuestra opinión, ciertamente nadie pretende negar la naturaleza política de esta elección. El hecho que esté a cargo del Congreso y que para alcanzar la alta votación exigida suela requerirse acuerdos entre las fuerzas parlamentarias, hace inevitable que la designación de magistrados tenga una dimensión política. El problema se presenta cuando esos candidatos propuestos por las diferentes bancadas como resultado del “cuoteo” político, no dan la talla; es decir, no reúnen los requisitos para ocupar tan alta magistratura y responden exclusivamente a una lógica de control y sometimiento político, del TC al Gobierno de turno. En otras palabras, es imposible evitar el reparto de cargos entre los principales grupos políticos, pues cada uno escoge a “su candidato” y todos se apoyan recíprocamente para alcanzar la votación requerida.
Sin embargo, lo que sí podemos hacer es evitar, a través de la transparencia y la vigilancia de la opinión pública, que personas que no reúnen los requisitos mínimos lleguen al Tribunal Constitucional.
Es inevitable la negociación entre los partidos políticos que más representación posean en el Congreso, sin embargo, este fenómeno conocido en la doctrina como la lotizzazione o reparto de botín[3], puede ser neutralizado si existe una mirada atenta y vigilante de la sociedad. No en vano en Estados Unidos se hablaba de la “obligada ingratitud”, según la cual el juez de la Suprema Corte demostraba su independencia dando una opinión distinta a la esperada por el Presidente que le había nombrado[4].
[1] Ver: http://www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/20100312/7/pagina/15.
[2] Ver: http://www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/20100313/5/pagina/15.
[3] Rubio Llorente, Francisco. “El Tribunal Constitucional”. Revista Española de Derecho Constitucional, Nº 71. CEPC, Madrid, 2004.
[4] Zagrebelsky, Gustavo. Principios y votos. El Tribunal Constitucional y la política, Editorial Trotta, 2005, Madrid, p. 51.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario