jueves, 11 de agosto de 2011

En el día de los pueblos indígenas aún esperamos las buenas noticias



El 9 de agosto se celebró el día internacional de los pueblos indígenas. Sin embargo, en las últimas semanas se han seguido experimentando las consecuencias negativas de la anterior política gubernamental en esta materia, centrada en la clásica escopeta de dos cañones: discursos retóricos y por otro lado incumplimiento de acuerdos, normas y convenios internacionales. A continuación un análisis de los últimos preocupantes sucesos que el gobierno y parlamento que inician labores deben tener en cuenta a fin de mejorar cualitativamente el tratamiento de esta problemática.
1. ¿Protege el Tribunal Constitucional (TC) los derechos de los pueblos indígenas en el Perú?

El TC acaba de expedir una nueva sentencia en materia de pueblos indígenas. Se trata del fallo Nº 00024-2009-PI/TC, el cual recae en el proceso de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo Nº 994, que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola. Aunque no es el espacio para analizar esta sentencia (eso lo haremos en una próxima nota), sin embargo, debemos señalar que el TC vuelve a utilizar un argumento arbitrario. El tema de fondo es si esta norma afecta o no a los pueblos indígenas, de ello depende la realización del proceso de consulta. El criterio del Tribunal es que las normas generales, es decir, que no estén referidas a los pueblos indígenas específicamente, no se consultan, salvo que a pesar de su generalidad tengan un impacto directo en ellos. La sentencia concluye que no afecta a los pueblos indígenas, igual como lo hizo en sentencias anteriores, a pesar que está demostrado que tal afectación sí existe.

Al leer la nota de prensa difundida por el día miércoles 10 de agosto pasado, a propósito de la expedición de la sentencia 00024-2009-PI/TC, uno podría pensar que el TC realmente tiene una preocupación por el respeto de los pueblos indígenas. Sin embargo la realidad es distinta.

En efecto, de las 9 sentencias que ha expedido en materia de derecho a la consulta[1], solo una fue declarada fundada, en la cual el TC exhorta al Congreso a aprobar la ley de consulta (05427-2009-PC). Se trataba de una sentencia exhortativa. Luego hay una sentencia interpretativa (00022-2009-PI). Las demás sentencias fueron declaradas improcedentes. Es decir, el reconocimiento del TC a los derechos de los pueblos indígenas es absolutamente retórico.

2. Preocupante transvase de agua del río Marañón a la Cuenca del río Santa

El 21 de julio, a una semana de dejar la presidencia de la república, Alan García promulgó la Ley 29760. Esta norma es importante pues a través de ella se declaró de necesidad pública el transvase de agua del río Alto Marañón a la Cuenca del río Santa. Esta propuesta es peligrosa pues según el presidente de la región San Martín, César Villanueva, solo va a generar un desequilibrio del ecosistema no solo en Loreto sino también en San Martín, Ucayali y Amazonas. No solo él esta protestando, los presidentes de estas regiones también exigen su derogatoria.[2] Se trata de un proyecto que ésta sublevando a los pueblos de la amazonia. Está creciendo una corriente de indignación y de rechazo. Pareciera que Alan García dejó esta bomba de tiempo para que explote en la gestión de Humala. Pero además, esta medida no ha sido consultada con los pueblos indígenas.

3.Se han adjudicado lotes petroleros no consultados a pesar del Reglamento de consulta previa aprobado por el MINEM

No fue lo único que dejó García. Existen otras cosas que nos dejó el expresidente y que podría traer como consecuencia movilizaciones en la Amazonia. Efectivamente, un día antes de dejar su cargo (27 de julio), García aprobó 4 contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos en la Amazonía, sin consultar a los pueblos indígenas de los territorios donde se encuentran.[3] Tanto la aprobación del transvase antes mencionado, como la aprobación de los contratos petroleros no fueron consultadas. Ello resultante irritante toda vez que el 12 de mayo de 2011 pasado, fue publicado el Reglamento de la consulta previa de actividades mineras energéticas, aprobado a través del Decreto Supremo 023-2011-EM. Estos dos últimos hechos demuestran de manera clara que la aprobación de esta última norma por el gobierno aprista era un ejercicio más de retórica vacía.

4. Comisión de Pueblos Andinos y Amazónicos del Congreso en manos de fujimoristas

Recientemente los medios de comunicación difundieron una preocupante noticia para los pueblos indígenas. La presidencia de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República le corresponderá a la bancada fujimorista (Fuerza 2011). Como sabemos, este grupo político a diferencia del partido de gobierno, no ha mostrado interés y voluntad en materia de respeto de defender los derechos de los pueblos indígenas. Muy por el contrario, Keiko Fujimori durante los sucesos de Bagua y sobre todo durante la investigación parlamentaria de los mismos, acompañó y respaldo con sus votos al gobierno cuando trató de dejar en la impunidad tales hechos. Asimismo, los fujimoristas durante los últimos comicios electorales, han representado los intereses de las industrias extractivas, opuestos por ejemplo a la implementación efectiva del derecho a la consulta previa.

5. Conclusiones

Nos queda claro que el gobierno de Alan García ha dejado bombas de tiempo a la nueva administración, que si no son atendidas y desactivadas, le explotaran al actual régimen. Creemos por ello que debería de pronunciarse prontamente.

¿Qué hacer frente a este panorama? Consideramos que debe aprobase la ley de consulta.

La semana pasada el congresista Yonhy Lescano Ancieta presentó junto con su bancada un proyecto de ley de consulta previa. Se trata de un proyecto que en términos generales recoge anteriores proyectos de ley. Si bien valoramos el esfuerzo y el trabajo de este congresista, el cual siempre se ha mostrado atento e interesado en la problemática de las comunidades campesinas, consideramos que no es oportuno reabrir el debate sobre la ley de consulta. En nuestra opinión, lo que corresponde es que se apruebe y se discuta sobre la base de la autógrafa aprobada por el Congreso el día 19 de mayo del año 2010, que fue observada por el Poder Ejecutivo posteriormente. Las razones son claras. La primera es que ese proyecto fue consensuado entre los representantes de diferentes instituciones públicas con las propias organizaciones indígenas nacionales, lográndose acuerdos en lo sustancial de esta propuesta.

La otra razón tiene que ver con el ambiente propicio que hoy existe en favor de la aprobación de dicho proyecto de ley. En efecto, existe consenso en la opinión pública, en el propio Estado y en las propias organizaciones indígenas para aprobar este proyecto. Por ello consideramos que si algo dejaron como lección los hechos de Puno, es que la demora en la respuesta del gobierno puede ser fatal.




[1] Son las siguientes sentencias: 00022-2009-PI, 06316-2008-PA, 05427-2009-PC, 00023-2009-PI/TC, 00025-2009-PI, 00026-2009-PI, 00027-2009-PI, 00028-2009-PI y 00024-2009-PI.
[2] Ver http://www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/20110803/11/node/373118/todos/15.
[3] Se trata de los siguientes decretos: a) D.S. 044-2011-EM que aprueba el lote 174 a favor de Tecpetrol en la región Ucayali; b) D.S. 045-2011-EM que aprueba el lote 179 a favor de Ecopetrol del Perú S.A., en la región Loreto; c) D.S. 046-2011-EM que aprueba lote 183 a favor de HydrocarbonExploration PLC, Sucursal del Perú, en Loreto y San Martín; y d) D.S. 047-2011-EM aprueba lote 188 a favor de HydrocarbonExploration PLC, Sucursal del Perú, en Ucayali, Véase
http://www.larepublica.pe/impresa/nuevos-contratos-afectan-los-nativos-2011-08-05.

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